LICITACIÓN PÚBLICA
LICITACIÓN PÚBLICA
- De acuerdo el articulo 2ª de la ley 1150 de 2007 modificado por el articulo 94 de la ley 1474 de 2001, las entidades estatales deberán seleccionar los contratistas bajo las modalidades de Licitación Publica. Selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa. Aplicando los principios rectores de la ley 80 de 1993, economía, transparencia y responsabilidad.

¿QUE ES Y COMO FUNCIONA?
La licitación pública es un procedimiento administrativo de preparación de la voluntad contractual, por el que un ente público en ejercicio de la función administrativa invita a los interesados para que sujetándose a las bases fijadas en el pliego de condiciones, formulen propuestas de entre las cuales seleccionara la mas conveniente.
Para participar en los procesos de selección de contratación en las diferentes entidades públicas, es necesario cumplir con varios requisitos:
- Ser un empresario formal.
- Estar inscrito en el RUP "Registro Único de Propinientes".
- No tener inhabilidad e incompatibilidad.
OTRAS MODALIDADES DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
- Selección abreviada: Corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que debido a las características, circunstancias, cuantía o destinación del objeto, obra u servicio a contratar; se pueden adelantar mecanismos simplificados y ágiles para garantizar la escogencia efectiva del contratista que cumple con los requisitos exigidos por la entidad para la eventualidad celebración del contrato.

- Concurso de méritos: Esta modalidad contractual esta prevista para la selección de consultores o proyectos, en la que se podrá hacer uso de sistemas de concurso abierto o de precalificaciòn. Se entiende por contrato de consultoria los celebrados por las entidades estatales cuyo fin consiste en el estudio para la ejecución de proyectos, inversión, diagnostico, asì como de asesorías técnicas de coordinación, control y supervisiòn. Son también contratos de consultorìa aquellos cuyo objeto consiste en la intervectorìa, asesoría, gerencia de obra y/o proyectos.

- Contratación directa: Es el procedimiento mediante el cual la entidad estatal hace conocer a dos (2) o mas oferentes; el objeto y las demás variables de contratación a fin de que se formulen propuestas y ofertas, esta modalidad contractual solo procederá en caso de urgencia manifiesta, contratación de contratos ínter-administrativos.

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